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COMUNICADO: CAMBIOS EN LAS TARIFAS

Apreciado cliente nos ponemos en contacto con usted para haceros conocedores de la repercusión que conllevará el cambio regulatorio propuesto por la Comisión Nacional de Mercados y la Competencia para su aplicación el 1 de junio de 2021. Este cambio afectará principalmente en la nueva estructura tarifaria y en los precios de peajes de transporte y distribución y cargos.

¿Qué cambios se producen en las tarifas 2.xA y 2.xDHx?

Los principales cambios que el consumidor denotará en su factura serán:

  • Variación de la nomenclatura y terminología de las tarifas de acceso.
  • Modificaciones en los periodos de facturación y discriminación horarias en algunas tarifas.
  • Las tarifas de acceso 2.0A, 2.0DHA (discriminación horaria en 2 periodos), 2.0DHS (discriminación en 3 periodos), 2.1 A, 2.1 DHA y 2.1 DHS se denominarán 2.0 TD (mostrado en la Tabla 1).
  • Para las tarifas anteriores desaparece la discriminación horaria actual. Todos ellas tendrán tres periodos diferenciados en el término de energía.
  • El propio consumidor podrá contratar dos potencias eléctricas a lo largo del día dependiendo de su consumo.

NUEVA ESTRUCTURA TARIFARIA PARA LAS TARIFAS 2.0A-2.1A-2.0DHA-2.1DHA-2.0DHS-2.1DHS

La principal novedad recae en la nueva estructura tarifaria. A continuación, se muestra una tabla que indica una comparativa entre las tarifas actuales con las nuevas y las diferencias en el número de periodos de energía y potencia.

Los consumidores con tarifas 2.xA-2.xDHx pasaran a tener 2 periodos de potencia y 3 de energía

NUEVA ESTRUCTURA DE PEAJES

Los principales cambios de precios vienen a partir de los Peajes. Pero también habrá cambios en los Pagos por Capacidad y en el coeficiente de pérdidas que se aplicará por BOE en cada tarifa. Los peajes se conforman por dos principales costes: Los peajes de Transporte y Distribución y los Cargos del Sistema. Los primeros los determina la CNMC y los segundos el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

A continuación, se muestra una tabla con las diferencias ocasionadas entre los peajes actuales y los nuevos propuestos:

OBJETIVOS DEL CAMBIO REGULATORIO

  • Conseguir que la demanda se reparta a lo largo del día y por tanto que se reduzca la demanda pico del sistema con el consiguiente abaratamiento de costes. Por lo tanto, será de gran importancia concentrar el consumo eléctrico en las horas valle (horas más económicas). Para incentivar esta nueva forma de consumo se ha propuesto la discriminación horaria para todas las tarifas. Considerando que la generación eléctrica no tiene el mismo coste durante todas las horas del día, con el cambio regulatorio los peajes se adaptaran a dichos costes Se forme entre el desplazamiento de los consumos a las horas más económicas, aplanando así la curva de demanda.
  • Actualmente todos los usuarios que tienen contratada una tarifa con potencia eléctrica igual o inferior a 15 kW y sobrepasaran dicha demanda salta el interruptor de control de potencia y momentáneamente se corta el suministro. Con el nuevo cambio tarifario, se tendrá la posibilidad de contratar dos potencias para cada periodo del día con el objetivo de programar el funcionamiento de los aparatos de una vivienda teniendo en cuenta cuando se va a tener el pico de consumo.
  • Conseguir que la potencia contratada de los consumidores sea una señal de la potencia demanda y, por tanto, poder dimensionar y ajustar mejor las redes y sus costes asociados.
  • El cambio regulatorio también tiene como objetivo incentivar la eficiencia energética y el autoconsumo solar ya que el coste del término de potencia disminuye, pero, en contraposición el de energía aumenta, de esta forma se fomenta el uso de alternativas de consumo.
  • Fomentar la transición energética y el uso del vehículo eléctrico. Aquellos consumidores que necesiten únicamente potencia elevada durante las horas valle (noche) se ahorran en el término de energía a diferencia con la estructura tarifaria actual, como, por ejemplo, en la carga de las baterías de los coches eléctricos.

¿Qué cambios se producen en las tarifas 3.xA y 6.xA?

Los principales cambios que el consumidor denotará en su factura serán:

  • Variación de la nomenclatura y terminología de las tarifas de acceso.
  • Modificaciones en los periodos de facturación y discriminación horarias en las todas las tarifas.
  • Con excepción de las tarifas 2.0TD (que comprenden las 2.xA y 2.xDHx), el nuevo cambio tarifario impondrá 6 periodos de potencia y de energía para todas las nuevas tarifas.
  • La energía facturada durante los fines de semana y los festivos se mantendrán en periodos valle durante todo el día.
  • Para las tarifas 3.X y 6.X la variación de los costes dependerá del consumo y potencia contratada del cliente. Para adaptar a la potencia contratada a los nuevos cambios en aquellas tarifas que actualmente tengan 3 periodos en potencia se realizará de la siguiente forma:
  • El importe de excesos de potencia en las tarifas 3.0A y 3.1A se facturará siempre que se supere la contratada eliminando la regla del 85%-105% actual. Por lo tanto, el importe se calculará mediante la formulación utilizada actualmente en las tarifas 6.Xa. Para aquellos clientes con tarifa actual 3.0A, con menos de 50 kW y sin telemedida, se facturará el 100% de la potencia contratada y, en los casos donde se supere dicha potencia en cualquiera de los seis periodos, la potencia a facturar será igual al valor contratado más el doble de la diferencia del valor registrado por el ATR en cuestión.
  • Según se ha publicado en BOE de la Resolución de 18 de marzo de 2021, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establecen los valores de los peajes de acceso a las redes de transporte y distribución de electricidad de aplicación a partir del 1 de junio de 2021 los consumidores podrán modificar dos veces las potencias contratadas con objeto de adaptarlas a los periodos definidos sin coste alguno (derechos de enganche):

https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2021-4565

La adaptación de las potencias contratadas a los periodos horarios definidos en la Circular 3/2020, de 15 de enero, a partir de 1 de junio de 2021.

1. Conforme a la disposición transitoria primera de la Circular 3/2020, de 15 de enero, los consumidores podrán modificar dos veces las potencias contratadas con objeto de adaptarlas a los periodos definidos en la circular sin coste alguno durante el periodo de doce meses a contar desde el 1 de junio de 2021, a pesar de no haber transcurrido doce meses desde la última modificación de potencias.

La adaptación de las potencias que realice el distribuidor conforme al apartado 2 de la disposición transitoria primera de la Circular 3/2020 no computará como cambio de potencia.

2. Sin perjuicio de que la adaptación de las potencias no tenga coste alguno para el consumidor, en caso de que la potencia contratada supere la máxima de las potencias contratadas por el consumidor en el momento del cambio, el consumidor deberá abonar el coste de los derechos de acometida según la normativa en vigor.

3. En el caso de que la nueva modificación de potencia no supere la máxima de las potencias contratadas por el consumidor en el momento del cambio, tampoco se aplicará lo dispuesto en el artículo 83.5 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro de electricidad y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, sobre la revisión de las instalaciones de más de veinte años.

4. En el caso de aquellos puntos de suministro conectados en baja tensión con potencia contratada igual o inferior a 15 kW que no dispongan de equipo de medida integrado en los sistemas de telegestión por causa imputable al consumidor y, dispongan por tanto de un único interruptor de control de potencia, no se podrán contratar potencias diferenciadas por periodo horario.

  • A partir de enero de 2022, se prevén aumentos en el precio de los excesos y cambios en los coeficientes Ki para el cálculo de los excesos de potencia. Esto conllevará, según las resoluciones actuales, un precio que triplicará el actual. Con esta medida, la CNMC tiene por objetivo que cada suministro contrate la máxima potencia necesaria en cada periodo provocando así que la potencia contratada sea la que realmente necesita el cliente.
  • A partir de enero de 2022, se incluirán cargos por energía capacitiva en aquellas tarifas de mas de 1 kV cuando el factor de potencia sea mayor a 0,98 capacitivo.

NUEVA ESTRUCTURA TARIFARIA PARA LAS TARIFAS 3.xA y 6.xA

La principal novedad recae en la nueva estructura tarifaria. A continuación, se muestra una tabla que indica una comparativa entre las tarifas actuales con las nuevas y las diferencias en el número de periodos de energía y potencia.

Los consumidores con tarifas 3.0 pasaran a tener 6 periodos de potencia y 6 de energía.

Todas las tarifas (excepto 2.0TD) pasaran a tener 6 periodos en potencia y en energía. Todos tendrán los mismos periodos que se componen en función de 4 temporalidades durante el año: Alta, Media-Alta, Media y Baja.

NUEVA ESTRUCTURA DE PEAJES

Los principales cambios de precios vienen a partir de los Peajes. Pero también habrá cambios en los Pagos por Capacidad y en el coeficiente de pérdidas que se aplicará por BOE en cada tarifa. Los peajes se conforman por dos principales costes: Los peajes de Transporte y Distribución y los Cargos del Sistema. Los primeros los determina la CNMC y los segundos el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

 A continuación, se muestra una tabla con las diferencias ocasionadas entre los peajes actuales y los nuevos propuestos:

OBJETIVOS DEL CAMBIO REGULATORIO

  • Conseguir que la demanda se reparta a lo largo del día y por tanto que se reduzca la demanda pico del sistema con el consiguiente abaratamiento de costes. Será de gran importancia concentrar el consumo eléctrico en las horas valle (horas más económicas). Para incentivar esta nueva forma de consumo se ha propuesto la discriminación horaria para todas las tarifas. Considerando que la generación eléctrica no tiene el mismo coste durante todas las horas del día, con el cambio regulatorio los peajes se adaptaran a dichos costes realizando el desplazamiento de los consumos a las horas más económicas, aplanando así la curva de demanda.
  • Conseguir que la potencia contratada de los consumidores sea una señal de la potencia demanda y, por tanto, poder dimensionar y ajustar mejor las redes y sus costes asociados.
  • El cambio regulatorio también tiene como objetivo incentivar la eficiencia energética y el autoconsumo solar ya que el coste del término de potencia disminuye, pero, en contraposición el de energía aumenta, de esta forma se fomenta el uso de alternativas de consumo.
  • Fomentar la transición energética y el uso del vehículo eléctrico. Aquellos consumidores que necesiten únicamente potencia elevada durante las horas valle (noche) se ahorran en el término de energía a diferencia con la estructura tarifaria actual, como, por ejemplo, en la carga de las baterías de los coches eléctricos.